DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Primero: CON LUGAR la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por el ciudadano: RAFAEL ANTEQUERA MENDOZA, representada por su Apoderado Judicial Abogada ROSSANA SANDOVAL Inpreabogado N° 108.850, en contra del ciudadano JAIME VARGAS URIBE, representado por sus Apoderados Abogados LILIA ZARAZA y LUIS SANABRIA, venezolana, Inpreabogados N° 53.892 y 96.617, respectivamente.
En consecuencia se declara resuelta la relación arrendaticia que vincula a las partes, y se ordena al demandado la entrega inmediata del local comercial N° ubicado en la Calle 29 con Avenida Libertador de la ciudad de Acarigua, Estado portuguesa, distinguido con el N° 30-70; Segundo: Se condena al demandado a cancelar.....