De la revisión de la presente solicitud se observa que el accionante anteriormente identificado, demanda por Divorcio de conformidad a lo establecido en el Artículo 185 Ordinal 2, del Código Civil Vigente, tal y como se evidencia en el escrito de solicitud que consta de un (01) folio útil y cuatro (04) anexos conformado en el presente expediente. y en razón a los argumentos anteriormente señalados, de conformidad a lo dispuesto en el primer aparte del artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, que establece: "La incompetencia por la materia y por el territorio en los casos previstos en la última parte del Articulo 47, se declara aún de oficio, en cualquier estado e instancia del proceso...", es por lo que este Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Agua Blanca Y San Rafael De Onoto Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de.....