DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: SE CONDENA (ADMISION DE HECHOS) de conformidad con lo establecido en con lo pautado en el artículo 375 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano LISANDRO ROSALES ADAMS, de 26 años de edad, portador de la cedula de identidad Nº V- 20.391.362, fecha de nacimiento 07-09-1986, profesión: obrero, natural del municipio Esteller, residenciado en el barrio el bolsillo, calle principal, casa s/n, del municipio Esteller Estado Portuguesa, por la comisión de los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZA CONTINUADA, previstos y sancionados, en los artículos 40 y encabezado y primer aparte del artículo 41, ambos de la Ley Orgánica Sobre El Derecho De Las Mujeres A Una.....