DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo penal, en funciones de Juicio Nº1 en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara con fundamento en lo previsto en los artículos 242 y 250 del Nuevo Código Orgánico Procesal Penal con lugar la Revisión de la Medida Judicial Preventiva de Libertad impuesta al acusado Sarabia Bravo Franyer José, titular de la cédula de identidad 17.304.371, por la medida cautelar prevista en el artículo 242 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la detención Domiciliaria, en el Barrio El Central, vía Villa Rosa casa de alimentación (propiedad del acusado), Biscucuy estado Portuguesa, bajo la responsabilidad de su esposa MARIA ISABEL PADILLA GONZALEZ, cédula de identidad N° V-20.151.400, y con rondas policiales diurnas y nocturnas. Debiendo someterse a valoración medica, y consignar cada tres meses el resp.....