DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE, en relación al Ajuste por Pensión.
SEGUNDO: En relación a la Pensión Actual, correspondiente al treinta por ciento (30%), se declara IMPROCEDENTE esta petición.
TERCERO: En cuanto a la Indemnización por Despido Injustificado; se declara IMPROCEDENTE este pedimento.
CUARTO: En cuanto a Los Intereses de Mora y Corrección Monetaria; se declara PROCEDENTE solo con lo que respecta al primer concepto de ajuste por pensión.
QUINTO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción, intentada por los ciudadanos YELITZA JOSEFINA BARRERA BELLO y JUAN CARLOS DUDAMEL RAGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números 12.054.680 y 7.445.434.
SEXTO: No .....