DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente pretensión por RESTITUCION DE POSESION Y ACCION REIVINDICATORIA incoada por el ciudadano: CARLOS ALBERTO BLANCO CARMONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.212.506, contra la ciudadana: ELLILDA HERRERA SIBRIAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.192.249.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión, a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portu.....