En consecuencia este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA decretar la Medida Preventiva de Embargo solicitada sobre el vehículo de las siguientes características: marca: Toyota, modelo: Land Cruiser, clase: Camioneta, placa: 46P-LAA, color: Rojo, serial de carrocería: FZI7759007391, tipo: Pick-Up, año: 1998, clase: Camioneta, propiedad del ciudadano LEWIS CABRERA RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.720.153, domiciliado en la carrera 3 (Sucre) entre calle Páez y Rivas, casa S/N, Biscucuy, Municipio Sucre estado Portuguesa.