Acto seguido, luego de sus exposiciones iniciales, las partes consignaron sus escritos de pruebas, la demandante mediante escritos constantes de un (01) folio sin anexos; y la demandada mediante escrito, constante de cinco (05) folios y dos (02) anexos, los cuales contienen lo siguiente: marcados "I", cuatro (04) folios; y marcado "II", dos (02) folios. Seguidamente, los comparecientes acordaron prolongar esta Audiencia Preliminar, a fin de estudiar las posibilidades de lograr una conciliación, y en tal sentido, conjuntamente con el Juez, acordaron fijarla para el día 15 de diciembre de 2.008 a las 11:00 a. m.; de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
Finalmente, vista la incomparecencia del co demandante RICARDO ANTONIO SERRANO, a la hora seña.....