´DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de oposición de Cierre y archivo del Presente y la solicitud de entrega de las documentales Planilla Forme 14-100 y la Constancia de Trabajo en los términos solicitados por la apoderada judicial de la parte actora ciudadana DORIS DEL VALLE GUTIERREZ GRATEROL, titular de la cedula de identidad N° 8.656.343. Contra la entidad de trabajo FORUM SUPER MAYORISTA C.A,
SEGUNDO: Se Ordena el cierre y archivo del presente expediente.
TERCERO: No, se condenan en costas a la parte perdidosa por la naturaleza del fallo.
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