CUARTO:
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio le la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda:
PRIMERO: Declara Penalmente responsable al Adolescente Acusado: Identidad Omitida por razones de ley, por la comisión del Delito de: Violación a Niños, previsto y sancionado en el Articulo 374, Ordinal 1º del Código Penal, en perjuicio del Niño: Identidad Omitida por razones de ley y lo impone de la Sanción de Reglas de Conducta y Libertad asistida por el Lapso de un (01) año, previstas en el Artículo: 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dada la que el referido adolescente se acogió al procedimiento por admisión de los hechos y se le rebajo un medio de la sanción peticionada por el ministerio publico.
SEGUNDO: Declara con lugar lo peticionado por la Defensa Pública, declinar la Competencia de la Presen.....