Este Tribunal considera que se encuentra demostrado que la Ciudadana: ESPEDICTA DEL CARMEN URRIOLA CARRASCO, Deja como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos: JANNIEL JOSÉ URRIOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.535.409, JOSE GREGORIO RODRÍGUEZ URRIOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.322.008, YRMA GREGORIA URRIOLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.673.102, NARCISO JOSE RODRÍGUEZ URRIOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.075.648, TARSICIO JOSE RODRIGUEZ URRIOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.987.298, NORAIDA MARIA RODRIGUEZ URRIOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.403.378 y HECTOR JOSE RODRIGUEZ URRIOLA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.328.967 (FALLECIDO), Dejó una (01) hija en su representación que lleva por .....