DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control No.02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dictamina lo siguiente:
1) Declara como legitima la detención de la adolescente SE OMITEN SUS NOMBRES POR RAZONES DE LEY, conforme al artículo 652 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. 2) Acuerda continuar la investigación bajo los parámetros del procedimiento ordinario. 3) Acoge la pre-calificación Fiscal de los hechos como los es el de COMPLICIDAD EN EL DELITO DE ESTAFA, previsto en el artículo 83 y 462 del Código Penal y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto en el artículo 6 de la Ley de Delincuencia Organizada, perjuicio de los ciudadanos AYMAN KACHUAR Y SALUSTINO SALAZAR, 4) Se acuerda la Libertad Plena de la adolescente SE O.....