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Decisiones del dia 03/04/2006

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : PJ11-S-2002-163 N° Sentencia : PJ112006730 Fecha: 03/04/2006
Procedimiento:
Negativa De Solicitud
Partes:
FISCAL 1° DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. LUIS RIVERA CLEER , SOLICITANTE: JAIRO CORTEZ
Resumen:
: Celebrada la Audiencia Oral en la presente causa, se dictó auto fundado mediante el cual se NIEGA LA SOLICITUD DE DEFENSOR PÚBLICO Y LA FIJACIÓN DE LAPSO PRUDENCIAL, realizada por el ciudadano JAIRO ALI CORTEZ CARDENAS, ya identificado, por cuanto el mencionado ciudadano no tiene la condición de Imputado, estando atribuida al Imputado la facultad de solicitar la fijación de un plazo prudencial para que se concluya la investigación que se le sigue, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 313 en concordancia con los artículos 124 y 137, todos del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo, SE NIEGA POR IMPROCEDENTE la entrega definitiva del vehiculo ya descrito, en razón de que por auto de fecha 12 de Marzo del año 2002, el Tribunal ordenó la entrega del el vehículo al mencionado ciudadano. Se ordena la remisión de las presente causa vencido el lapso legal.
Juez/Ponente:
Nora Margot Aguero
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control
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N° Expediente : PP11-P-2005-5820 N° Sentencia : PJ112006729 Fecha: 03/04/2006
Procedimiento:
Negativa De Solicitud
Partes:
QUERELLANTES: RICARDO JOSÉ REINA, QUERELLADOS: MANUEL MACHADO DA SILVA, JUAN FRANCISCO
Resumen:
: Se dictó auto fundado mediante el cual se NIEGA LA SOLICITUD DE REVOCATORIA DE AUTO POR IMPROCEDENTE, realizada por el ciudadano RICARDO JOSE REINA RAMIREZ, ya identificado, en contra del auto de fecha 24/03/06 dictado por el Tribunal, por cuanto el mismo no puede ser revocado por contrario imperio, ya que no se trata de un auto de mera sustanciación, contra el cual procede el Recurso de Revocación, en atención a lo previsto en el artículo 444 del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo SE NIEGA LA SOLICITUD DE LA ADMISIÓN DE LA QUERELLA, por encontrarse vigente el auto que ordenare la notificación de los Querellados para que se opongan a la admisión de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 296 Eiusdem. Notifíquese al solicitante.
Juez/Ponente:
Nora Margot Aguero
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control
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