PRIMERO: SE DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD PECUARIA, existente en el lote de terreno denominado "FINCA DON JOAQUÍN", ubicada en el sector Buchi Balona, parroquia Rio Acarigua del municipio Araure del estado Portuguesa, constante de una superficie de CIENTO CINCUENTA Y OCHO HECTÁREAS CON CINCO MIL TRESCIENTOS DOS METROS CUADRADOS (158 HA con 5.302 M2), con los siguientes linderos: Norte: Terrenos baldíos; Sur: Carretera Troncal 5, Este: Terrenos por Agropecuaria San Benito y Oeste: Terrenos baldíos Y ocupados por la Familia Balona, por un lapso de doce (12) meses de acuerdo a la actividad principal que es la cría de semovientes observados en el campo a la producción de búfalos, destacando que hay una producción de leche de aproximadamente 80 litros destinados al consumo de la zona, y la actividad segundaria que sirve como medio de producción de la misma quedando evidenciado la existencia de 70 cabras, 70 ovejas, 70 cerdos y 50 gallinas.....