-VIII-
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Que este Juzgado Superior, es COMPETENTE para resolver la regulación de competencia ejercida en fecha 22 de Marzo de 2024, por el abogado YOLMAN JOSE GONZALEZ, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JESUS REINALDO LINARES NOGUERA y MANUEL ANTONIO BETANCOURT PEREZ, contra la decisión dictada en fecha 15 de Marzo de 2024, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, mediante la cual declaró su INCOMPETENCIA para conocer la demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS por hecho ilícito patronal incoada por los ciudadanos JESUS REINALDO LINAREZ NOGUERA Y MANUEL ANTONIO BE.....