Evacuadas las justificaciones de los ciudadanos: FERNANDEZ YELITZA COROMOTO y GRATEROL LUGO JOSE RAFAEL, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en esta ciudad de Guanare, Municipio Guanare estado Portuguesa y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.287.705 y V-18.297.522 respectivamente, por ante éste Tribunal, al ser conteste sus dichos y al no haberse realizado Oposición alguna sobre el mismo, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, y de conformidad con dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas justificaciones suficientes para asegurarle a la ciudadana: YUSMARY ANTONIA COLMENARES; ya identificada, posesión y propiedad de las bienhechurías construidas sobre la Parcela de Terreno Municipal, ubicadas en el Barrio Sol de Justicia, avenida 2, entre calles 4 y 5, del Municipio Guanare estado Portug.....