DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos anteriormente expuestos, en consecuencia:
PRIMERO: se declara JUDICIALMENTE RECONOCIDO en su contenido y firma el documento privado de Compra Venta suscrito en fecha 24/03/2025, entre los ciudadanos JUAN DE MATA OCANTO MUJICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-10.055.870, HERIBERTO AZUAJE CONTRERAS y JESSICA ANDREINA GOMEZ DE AZUAJE, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.722.617 y V-19.533.287 respectivamente, que se acompañó como documento fundamental de la presente acción, el cual se encuentra agregado al folio 03 y04, del presente expediente.
SEGUNDO:Se ordena que se .....