Por las razones expuestas, este Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento y de la acción, en el juicio que por estimación e intimación de honorarios profesionales interpusiera el Abogado VÍCTOR JOSÉ MARAGIOGLIO AZUAJE, contra el ELEAZAR DE JESUS.