Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR las apelaciones interpuestas en fecha 01/06/2005 por los abogados Rafael Bastidas en su carácter de apoderado judicial de la empresa Clínica de Especialidades Médicas Los Llanos C.A. (Cemell C.A.) y del ciudadano Víctor Segundo Hernández Graterol, y Coromoto Pérez de Cova en su carácter de apoderada judicial de las ciudadanas Dalia Mercedes Hernández viuda de Castro y Dumelys Hernández de Burgos.
SEGUNDO: Queda así CONFIRMADA, pero con fundamentos distintos, la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripci.....