este Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación, administrando justicia y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley constituido como ha sido el Consejo de Tutela, y verificado el cumplimiento de todos los requisitos de ley, así como las inhabilitaciones y excusas dicta el Discernimiento de los cargos de Tutor, Protutor y Suplente quedando como TUTORA la ciudadana YASMÍN PASTORA BUYONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.706.821; como PROTUTORA la ciudadana ANA TERESA GARCÍA BUYONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-4.735.448 y como SUPLENTE la ciudadana DULCE GREGORIA BUYONES DE LUCENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- V-12.706.234; Residenciados la Tutora en el barrio El Carmen, residencias Socorro, torre 6, apartamento O2, carrera 1 entre calles 4 y 5, Barquisimeto, estado Lara; la Protutora en el barrio santa Rosalía, carrera 3 con calle 3, El T.....