Observa quien juzga, que una vez revisadas las actuaciones que conforman el presente juicio, y vista la transacción suscrita por las partes, Abogado JOSE LORENZO JIMENEZ, Apoderado Judicial del ciudadano FELIPE ANTONIO LOPEZ GONZALEZ, único Heredero Universal del ciudadano VICITACION LOPEZ, parte demandante, y por la otra parte el Abogado JUAN MANUEL FRAGA MESA, en representación de la parte demandada, Empresa VENGAS, S.A, en consecuencia este JUZGADO DEL MUNICIPIO ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el presente Juicio, SE ORDENA el archivo del expediente, así mismo se acuerda expedir la copia certificada solicitada y la entrega del cheque N° 22273337, contra el Banco Provincial, por la cantidad .....