En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana ROSA MARLENIS MUJICA JIMENEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 14.466.664 en contra de la firma personal COMERCIAL EL NEGRO”. En consecuencia se condena a pagar a éste último lo siguiente:
PRIMERO: la cantidad de CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN BOLIVARES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (BS. 42.671,76) a la ciudadana ROSA MARLENIS MUJICA JIMENEZ por los conceptos de prestación de antigüedad y sus intereses, vacaciones, bono vacacional, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades y utilidades fraccionadas, horas extraordinarias, días de de.....