Por las razones antes expuestas, al verificarse que la parte actora no cumplió cabalmente con lo requerido en el despacho Saneador, este Juzgado forzosamente procede, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a declarar INADMISIBLE la demanda intentada por los ciudadanos NORBERT JOSUE GARCIA SUAREZ, NORBERTO GARCIA T., GONZALEZ PEDRO, JOSE GRANADO, ROSA LOYO, RUPERTO MENDEZ, ALEXIS MORAN y JUAN PELAYO, en contra de MATADERO AVICOLA SAN PABLO, C.A.