DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: REPONER LA CAUSA AL ESTADO DE CELEBRARSE EL INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la acción interpuesta por la ciudadana ROSA MIGDALIA QUIROZ MUJICA, titular de la cédula de identidad Nº 7.546.006, contra la GOBERNACION DEL ESTADO PORTUGUESA por motivo de cobro de prestaciones sociales, previo al cumplimiento de las formalidades anteriormente establecidas en la motiva.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.