Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano: HERMES RAMON CABEZA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.256.555, de este domicilio, inserta por ante por ante la Prefectura del Municipio Guanare del Estado Portuguesa en el Libro de Registro de Nacimientos del año 1.967, bajo el Nº 183, folios 163 vto. Al 164 fte.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO antes descrita, en lo que respecta al nombre de la madre del solicitante, el cual se asentó erróneamente como "ROMULA RODRIGUEZ", siendo lo correcto "RAMONA CORNELIA RODRIGUEZ", y así debe aparecer escrito.
De conformidad con lo.....