DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio N° 03, constituido en Tribunal Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley por Unanimidad ABSUELVE a la ciudadana BRICELA DE LA CRUZ RODRIGUEZ COLMENAREZ, plenamente identificada, en cuanto a la participación y consecuente responsabilidad penal de la misma en la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, perpetrado en perjuicio de la ciudadana YOSMAR ANDREINA CAMACARO GONZALEZ, en virtud de no haberse demostrado la comisión del delito atribuido por la Representación Fiscal.
De conformidad con lo establecido en los artículos 265 y 268 del Código Orgánico Procesal Penal, se condena en costas al Estado Venezolano.
Diarícese, regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la decisión dictada.
Sella.....