Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de NAYIBE NAISBEL COLMENÁREZ BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, también domiciliada en Araure y titular de la cédula de identidad V 13.228.247, y designa como TUTORA INTERINA a su hermana LUCY FLOR BASTIDAS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, domiciliada en Araure y titular de la cédula de identidad V 8.663.181.