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Decisiones del dia 04/04/2006

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 13.511 N° Sentencia : Fecha: 04/04/2006
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
ESTEBAN ALDANA CONTRA JUAN BAUTISTA MORON VISCAYA
Resumen:
De todo lo anteriormente expuesto se desprende, que si bien es cierto la parte demandada pagó la cantidad del saldo restante, lo hizo cuando ya se encontraba vencida el plazo para llevar a cabo el pago o el cumplimiento de la obligación, sin embargo el mismo fue aceptado por la parte actora al retirar esa cantidad de dinero, por lo cual si hubo gastos en la ejecución de la sentencia debe efectuar las estimaciones correspondientes, ya que según el Artículo 285 del Código de Procedimiento Civil, en el procedimiento de ejecución de sentencia genera costas procesales a cargo del ejecutado, por lo tanto ese dinero cancelado a los expertos debe ser intimado el ejecutado para que se lo reembolse al ejecutante, la cual debe hacerse en cuaderno separado. En lo referente al pago de los intereses moratorios el Tribunal observa, que para el momento en que se efectuó la transacción entre las partes no se convino que ese saldo restante de TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL NOVECIENTOS TREINTA BOLIVARES (.....
Juez/Ponente:
Rafael del Carmen Ramírez Medina
Organo:
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
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N° Expediente : 13.814 N° Sentencia : Fecha: 04/04/2006
Procedimiento:
Interdicto Restitutorio
Partes:
RAFAEL RAMÓN QUEVEDO GARCÍA CONTRA BEATRIZ GARCÍA
Resumen:
La aclaratoria que ordenó este despacho judicial fue acordada a instancia de parte, en virtud que la experticia que fue presentada el 20/02/2.006, le faltaba el cumplimiento de algunos hechos, tales como era la determinación del valor de la mano de obra invertida en la construcción y el valor de los materiales, otorgándole al experto cinco (05) días de despacho para que consignará esa aclaratoria que empezaba a correr al día siguiente de su notificación, la cual se realizó el 07/03/2.006, posteriormente sin haberse vencido esos cinco (05) días el experto el 07/03/2.006, solicitó siete (07) días más para hacer la entrega del informe y la aclaratoria fue presentada el 24/03/2.006. De manera que el lapso que solicitó el experto era de doce (12) días de despacho, lo cual no fue sustanciado, es decir, que no se negó como tampoco se admitió, esos doce (12) días de despacho vencieron efectivamente el 24/03/2.006, ya que por ante este Tribunal transcurrieron los días de despacho, miércoles 08,.....
Juez/Ponente:
Rafael del Carmen Ramírez Medina
Organo:
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
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