DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: A tenor de la disposición contenida en el encabezamiento del artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal DESESTIMA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano VÍCTOR MANUEL REINOSO FERNÁNDEZ, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.798.938, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 05 de Octubre de 1980, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio Sol de Justicia, Avenida 1 entre Carreras 5 y 6, casa s/n, Guanare, Estado Portuguesa;
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena continuar la presente causa a través del procedimiento ordinario;
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