DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano Villavicencio Briceño Orlan Miguel, venezolano, de 26 años de edad, nacido en fecha 11-01-80, soltero de profesión u oficio, obrero, titular de la cedula de identidad N° V-14.068.895, natural de Guanare Estado Portuguesa, residenciado; en el barrio 23 de enero, frente de la iglesia evangélica Luz del Mundo, hijo de Libia Briceño (V), y Orlando Villavicencio (V), de conformidad con el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Se acoge la calificación jurídica de los hechos como Hurto Calificado, Previsto y Sancionado en los Ordinales 3°,4°,6° del artículo 453 del Código Penal en .....