ASUNTO: PP01-R-2012-000113
RECURSO DE APELACIÓN.
Vista la diligencia presentada por la parte recurrente, ciudadanas: GIOVANNA VIVIANA VITALE de GÓMEZ y ANNA LEA VITALE RENZI, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.584.970 y 13.071.913, respectivamente; suscrita por su co-apoderada judicial Abogada JEANNIE PIÑERO ÁVILA, inscrita en el Inpreabogado con el N° 26.998; en la que desisten del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 14 de Marzo de 2012, dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa, extensión Acarigua; por cuanto no se violentan derechos de terceros ni normas de orden público; este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PROCEDENTE Y HOMOLOGA el desistimien.....