DISPOSITIVA
Con base a los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y por cuanto dicho no se vulnera los derechos de las partes, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE INSTRUMENTO PRIVADO presentada por la ciudadana JENNY ANTONIETA ROMANO SICILIANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.540.603, Rif. N°145406036, soltera, domiciliada en la Avenida Raúl Leoni, casa N° 3, Urbanización Funda Turen de la ciudad de Villa Bruzual del municipio Turén, estado Portuguesa, contra los ciudadanos GAETANO ROMANO SICILIANO y CARMELA SICILIANO DE ROMANO, el primero venezolano y la segunda extranjera, mayores .....