DISPOSITIVA
Sobre la base de todo lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara el CESE de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, impuesta a los Adolescentes SE OMITE POR RAZONES DE LEY, quienes fueron condenados por la comisión de uno de los Delitos Contra Las Buenas Costumbre y el Buen Orden de la Familia, específicamente el delito de VIOLACION A NIÑOS, previsto en el artículo 374, ordinal 1° del Código Penal, en relación con el artículo 259 en su encabezado y primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, cometidos en perjuicio del SE OMITE POR RAZONES DE LEY, a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de OCHO (8) MESES, en con.....