DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión por DAÑOS MATERIALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, incoada por el ciudadano: ALEXIS GUZMÁN CAMEJO HIDALGO, contra la Empresa Aseguradora SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A., plenamente identificados. En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora, la cantidad de: SETECIENTOS OCHENTA MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (BS. 780.000,00), monto establecido en el acta de avalúo (Folio 31), por concepto de daños materiales, causados al vehículo Nº 02 de la parte actora en el accidente de tránsito objeto del presente juicio; más la indexación monetaria que resulte de la experticia complementaria del fa.....