DISPOSITIVA.
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA APROBACION Y HOMOLOGACIÓN al convenimiento en el juicio interpuesto por la ciudadana ESPERANZA DEL CARMEN ORTEGANO DE CURTO PELLE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.344.454, por motivo de DESALOJO DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL), realizado por la parte demandada, ciudadana ALIX SOFIA DIAZ URIBE, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.352.445, en su condición de presidente de la sociedad mercantil CHOCO´S CAKE, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo del estado Portuguesa, en fecha 18 de septiembre del año 1995, bajo en el N° 40, Tomo 5-A Expediente N° 885, siendo reformada ante ese mismo registro, en fecha 08 de Julio d.....