SEGUNDO: DE LA RESOLUCIÓN
Como conclusión de la situación jurídica reflejada con todas las actuaciones procesales que consta en la causa en forma correlativa tenemos entonces que no constan todas las actuaciones procesales que son necesarias para analizar la procedencia o no de la formula alterna de cumplimiento de pena, razón por la cual se considera y así se acuerda que hasta la presente fecha NO HAY LUGAR AL TRAMITE del pedimento interpuesto por la ciudadana NEILA NAILET CARRASCO ALVAREZ, venezolana, nacida en La ciudad de Acarigua, estado Portuguesa, en fecha 09 de mayo del año 1980, titular de la cédula de identidad Nº 14.464.059, y actualmente cumpliendo pena en Centro Penitenciario de Occidente-Santa Ana, estado Táchira, relacionado con acordar en primer lugar la formula alterna de cumplimiento de pena consistente en régimen Abierto y en segundo lugar acordar la redención de la pena por trabajo cumplido; hasta tanto se obtenga la información de lo requerido, y por ello e.....