III
D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA en el presente juicio por motivo de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, incoado por los ciudadanos CARMEN YANILA CASTRO GUTIERREZ Y JOSE ANGUSTIN BECERRA MARCHAN contra los ciudadanos DOMINGO JOSE FLORES, HUMBERTO JOSE FLORES, OMAIRA DEL CARMEN FLORES ALEJO, JHONNY COROMOTO FLORES ALEJO, FANNY YAMILETTE FLORES DURAND, FRANCIS CAROLINA FLORES DURAN, plenamente identificados en autos.
Archívese el expediente una vez vencidos los lapsos de Ley.
Publíquese, regístrese y déjese la copia certificada correspondiente
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del T.....