Por tales razones, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado RAFAEL VIVENES, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada en fecha 22 de septiembre de 2006, por la Jueza de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control N° 3, con sede en Guanare, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, mediante el cual declaró sin lugar la solicitud de revocatoria de la medida cautelar que goza el imputado CLINIO ANTONIO GONZALEZ.