DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano ERNESTO ANTONIO ESPINO, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO PAPELÓN, en consecuencia ordena pagar al accionante la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS ONCE BOLÍVARES CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 3.411,51) más los intereses de mora y la corrección monetaria.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
TERCERO: De conformidad con el último aparte del artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal se ordena notificar al Síndico Procurador Muncipal de la sentencia definitiva, y una vez que conste en autos la notificación debidamente practicada; empezará a computarse el lapso de Ley para que.....