Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR el Recurso de Reclamo interpuesto por el co-apoderado judicial de la parte actora abogado CERGIO CUEVAS LANDAETA, venezolano, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 48.023, titular de la cédula de identidad Nº 9.549.038, de este domicilio, contra la abstención de practicar la medida de desalojo y entrega de inmueble formulada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Guanare, San Genaro de Boconoito, Sucre y José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 08 de noviembre de 2012.
En consecuencia se ordena al Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Guanare, San Genaro de Boconoito, Sucre y José Vicente de Unda del Primer Circuito de.....