Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos JULIA DEL CARMEN URBINA DE FIGUEREDO, JUNNIOR COROMOTO FIGUEREDO URBINA Y CARMEN JULIA FIGUEREDO URBINA venezolanos, mayores de edad, domiciliados en esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, titulares de la cédula de identidad Nros. V-4.238.655, V-11.400.115 y V-13.484.885 respectivamente, la existencia de su condición de Únicos y Universales Herederos, del De Cujus FELIPE DONATO FIGUEREDO PINEDA, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-2.729.866, y quien falleció ab intestato, el día 21 de Septiembre del año 2015, en la ciudad de Guanare estado Portugu.....