DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara de conformidad con lo previsto en los artículos 144 y 149 de la Ley Orgánica del Registro Civil CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento Nº acta N° 80, Tomo I, año 1987, levantada por ante la Primera Autoridad Civil del municipio Payara, Distrito Páez estado Portuguesa, en fecha 19/05/1987, de conformidad con lo previsto en los artículos 144 y 149 de la Ley Orgánica del Registro Civil.
En consecuencia, SE ORDENA oficiar al Registro Civil de la Parroquia Payara municipio Páez estado Portuguesa, a los fines que se corrija por la vía de nota marginal el Acta de Nacimiento antes descrita, en los mismos términos establecidos en la presente decisión, de.....