DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos: ABSUELVE al ciudadano Silvestre Bautista Romero, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.381.032, nacido en fecha 13 de Noviembre de 1960, natural de San Fernando de Apure, Estado Apure, hijo de José Delgado y Bárbara Romero, de ocupación obrero, residenciado en el Caserío El Ruano, Calle Principal, casa s/n, Municipio Guanarito, Estado Portuguesa, en base a la deficiencia probatoria al no podérsele atribuir el delito de violación, previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal, cometido en perjuicio de Arcila Coromoto Aponte Barrios.
El dispositivo de la presente sentencia que hoy se publica, ha sido leído en audiencia pública celebrada en fecha 15.....