DISPOSITIVA
Por la razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Condena de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, Estado Portuguesa, Y IDENTIDA OMITIDA por la comisión de los delitos de Robo Agravado previsto en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio de las víctimas ciudadanos MAGALYS COROMOTO GONZALEZ ARAUJO Y PARRA MIGUEL ANGEL, a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente por el lapso de DOS (02) años.
Se deja sin efecto las Medidas Cautelares que le fuera impuesta a los mencionados ad.....