Por las razones expuestas y sus fundamentos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS, que rige entre los ciudadanos: XIOMARA DEL CARMEN TORRES HERNANDEZ y LUIS CARLOS LEIVA HERNANDEZ, la primera venezolana, el segundo de nacionalidad cubana, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-11.400.301 y Pasaporte Nº 1368490 8CUB8902203M1602191, respectivamente, en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los unía en matrimonio contraído por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa, en fecha 15 de Octubre de 2.015, según consta en Acta de Matrimonio Nº 0579.
En virtud de haber sido declarada la separación de cuerpos en Divorcio queda exti.....