En fuerza de las motivaciones precedentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio No.2 (Unipersonal) del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, ABSUELVE a los ciudadanos: JUAN GABRIEL TORREALBA LEON, antes identificado quien fue acusado por el supuesto delito de ROBO A MANO ARMADA Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 458 y 277 del código penal; RAFAEL ANTONIO GONZALEZ, antes identificado, quien había sido acusado por el supuesto delito de ROBO A MANO ARMADA Y PORTE ILICITO DE CARTUCHO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 458 del código penal y el artículo 9 de la ley de Armas y Explosivos en concordancia con el artículo 277 del código penal y ROLANDO ALBERTO GUEDEZ BETANCOURT, antes identificado Por el delito de ROBO A MANO ARMADA Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 458.....