Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas: Se DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA Y SE CONDENA A LA DEMANDADA A PAGAR LA CANTIDAD DE OCHO MILLONES CIENTO OCHO MIL SEICIENTOS SETENTA Y OCHO CON CUATRO CENTIMOS (Bs. 8.108.678,04 ) por la totalidad de los conceptos condenados.
Por haber sido declarada con lugar la presente demanda, se condena en costas de la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y así se Establece.
Abg. LIGIA LÓPEZ CARIELES
Jueza 2ª de Primera Instancia de Sustanciación,
Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción
Judicial Del Estado Portuguesa.
Abg° CLAUDIA AGUILLON
LA SECRETARIA
En esta misma fecha se publicó la presente sentencia siendo la 01:00 PM. Es todo.