DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad a lo establecido en el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Acuerda El CESE de la sanción, consistente en el cumplimiento de las medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta, impuestas al ciudadano SE OMITE POR RAZONES DE LEY,,, .debidamente asistido por la Defensor Privada Abg. ARISTIDES HIGUERA Y MATEO AGUIN quien fue condenado por el tribunal de control Nº 01, en fecha 29-04-2011, por un delito CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS, específicamente el Delito de VIOLACION A ADOLESCENTE, previsto en el encabezado del Articulo 374 y ordinal 1, del Código Penal, en relación con el artículo 259 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niñ.....