DISPOSITIVA:
En fuerza de las anteriores motivaciones este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Juicio Nº 2 en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Absuelve al acusado Guédez Azuaje Darwin Argenis, venezolano, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº 17.828.042, fecha de nacimiento 07-06-1986, de 28 años de edad y residenciado en la Urbanización Simón Bolívar de Biscucuy, Municipio Sucre estado Portuguesa, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano.
Se ordena el cese de la medida cautelar sustitutiva de libertad, impuesta por el Tribunal de Control Nº 1 de este Circuito Judicial Penal en fecha 09 de abril del presente año, de conformidad con el artículo 242.3 del Código Orgánico Pro.....