DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 105 del Código Penal declara EXTINGUIDA la pena de CINCO AÑOS Y DIEZ MESES DE PRISIÓN, que le fue impuesta mediante decisión de fecha 21 de Junio de 2011 dictada en el Juicio Oral y Público, el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 1, previa admisión de los hechos, al ciudadano JOSÉ GREGORIO ANDUEZA TORRES de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.318.142, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 19 de Mayo de 1988, hijo de Cándida Torres y Rafael Andueza, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en el Barrio San Antonio, Callejón Uno,.....